• La normativa indica que las empresas deben informar todas las condiciones relevantes de su oferta, entre ellas, el precio, el stock disponible, además de respetar las condiciones ofrecidas.

 

La Corte de Apelaciones de Talca, tras confirmar dos fallos de primera instancia dictados por el Segundo Juzgado de Policía Local, condenó a la tienda La Polar a pagar multas de 20 y 25 UTM en cada caso, esto es, alrededor de 2 millones ochocientos mil pesos, por infringir la Ley del Consumidor al vender productos sin stock disponible en su tienda.

El primero de los casos se originó el 16 de agosto del 2020, cuando un consumidor domiciliado en la zona sur de la ciudad de Talca, compró de forma presencial y para despacho a domicilio, un living en la tienda La Polar por un valor de $254.980.

Según la tienda de retail, el producto sería entregado el día 29 de septiembre, pero llegada la fecha, el producto no llegó.

A raíz de esta situación, el consumidor se contacta con la tienda y la única alternativa que le entrega la empresa es que debía esperar hasta el mes de diciembre, ya que no tenían el producto.

El segundo caso ocurrió el 31 de mayo de 2021, cuando una consumidora de la Villa Maule de la ciudad Talca, compró una aspiradora por internet pagando $35.990. Pese a que la venta se concretó, la empresa no disponía del producto, ofreciéndole como única alternativa el cambio por otro, lo cual la consumidora no aceptó.

A raíz de las respuestas de La Polar, los afectados acudieron a la Dirección Regional del SERNAC del Maule e interpusieron un reclamo, lo que motivó la presentación por parte del Servicio de dos denuncias ante la justicia en contra la empresa considerando la gravedad de la situación y al no obtener una respuesta favorable para los consumidores.

Tras analizar los antecedentes del caso, el Segundo Juzgado de Policía Local de Talca acogió los argumentos del SERNAC, estableciendo que La Polar no respetó los derechos de los afectados, infringiendo la Ley del Consumidor, al actuar con negligencia y no cumplir con los requerimientos mínimos de profesionalismo que resguardan la integridad patrimonial de los afectados.

Tras el fallo, la empresa de retail apeló ante la Corte de Apelaciones de Talca, tribunal que ratificó la sentencia de primera instancia, señalando que es obligación de la empresa entregar información veraz y oportuna, de manera que el consumidor tome una opción de consumo adecuada.

Además, el tribunal añadió que la empresa no puede exhibir el producto en un catálogo si es que no cuenta con stock disponible.

Finalmente, la Corte de Apelaciones condenó a la tienda La Polar al pago de una multa total de 20 y 25 UTM en cada uno de los fallos, esto es, en total, alrededor de $2 millones ochocientos mil pesos, además de tener que asumir las costas por el proceso judicial.

El Director Regional del SERNAC, Daniel Smith, indicó que “es muy importante que las personas interpongan sus reclamos ante el SERNAC, cuando sientan que sus derechos son vulnerados. Las empresas que no actúan bajo los parámetros de calidad e infringen la Ley del Consumidor, deben responder ante la justicia, tal como sucedió en estos casos”.

La normativa indica que las empresas deben informar todas las condiciones relevantes de su oferta, entre ellas, las características relevantes, el precio, el stock disponible, además de respetar todas las condiciones ofrecidas.